La derogación, por parte del gobierno nacional, de los límites a los aumentos de cuotas privadas abre un horizonte de incertidumbre para millones de familias argentinas.
En el mes de diciembre me llegó un mail que informaba un aumento del 40% en el valor de la prepaga. Pocas semanas después, otra actualización del 30%. Pf, pasar a pagar casi el doble me desequilibró todas las cuentas.
¿Por qué inicio la nota de un portal educativo haciendo catarsis sobre los incrementos en la salud? Porque todo indica que, a partir de marzo, serán muchas las familias que se encontrarán con noticias similares frente a un fuerte incremento en la cuota de las escuelas de gestión privada. Si bien la dinámica de estos sectores es diferente, el ejemplo ayuda a reflejar el impacto que suelen producir estos aumentos “de shock” en la administración económica de los hogares. Podría estar hablando también del aumento de precios en el supermercado, en el transporte, en los medicamentos o en cualquier tipo de servicio ya que, en estos días en los que reina la incertidumbre, la única certeza pareciera ser que no hay salario que aguante.
¿Regular o desregular? Esa es la cuestión.
En febrero de 2023, Sergio Massa anunció la incorporación de las escuelas privadas al programa de Precios Justos. De esta manera, el Estado nacional logró un acuerdo con los colegios subvencionados para establecer un aumento escalonado, y bastante limitado, de las cuotas mensuales. A pesar de haberse alcanzado este acuerdo, la noticia resultó siendo fuertemente criticada por algunos de los sectores del empresariado de las escuelas de gestión privada, que sostuvieron que los porcentajes establecidos se encontraban por debajo del índice inflacionario y de los aumentos pactados con los gremios docentes, lo que generaba que no llegaran a cubrirse los costos operativos del funcionamiento de las instituciones.
Frente a las políticas de “sinceramiento de precios” de estos últimos meses, reflejada en una escalada de aumentos superior a la que ya estábamos viviendo, y reconociendo el impacto que ésto genera en la organización de los hogares, resulta pertinente reflexionar sobre la forma en la que se implementan estos acuerdos que limitan fuertemente determinados incrementos en períodos de alta inflación y no faltará quien se solidarice con la situación afrontada por los establecimientos. Sin embargo, el avance hacia la desregulación total y el aumento ilimitado, principalmente en un contexto de ajuste como el actual, parece ser el camino a una situación que afectará notablemente la economía de millones de familias.
Recientemente el flamante gobierno nacional informó la derogación de la Resolución Nº 678/1999, que establecía que los establecimientos debían informar a la Secretaría de Comercio los valores a percibir por la prestación del servicio educativo para cada nivel de enseñanza. Según esta normativa, las instituciones debían detallar el valor total de la cuota mensual del siguiente ciclo lectivo, la cantidad total de cuotas a percibir a lo largo del año, la forma y el plazo del pago de las cuotas, el monto y los criterios de aplicación de los recargos en caso de mora, y la matrícula de la institución.
En muchas de las declaraciones que circulan por estos días se sostiene que esto implica la derogación de un trámite meramente burocrático, ya que las instituciones deberán continuar presentando esta información a los gobiernos jurisdiccionales. Sin embargo, en los hechos, representa un corrimiento del Estado nacional de su rol de control sobre los aumentos establecidos en las escuelas privadas, en sintonía con las propuestas de desregulación del actual gobierno.
¿Por qué era importante este control? Porque, tal como se indica en la resolución derogada: “El conocimiento de los valores de las cuotas percibidas por los establecimientos educativos privados es una herramienta indispensable como basamento de las políticas de protección al consumidor, en particular en un mercado donde la relación entre los prestadores del servicio (escuelas privadas) y los educandos reviste características típicas de contratos de adhesión, en los cuales el establecimiento dispone las condiciones generales a las que el alumno se halla sujeto, no teniendo el consumidor la posibilidad de discutir negociar aspectos particulares, hallándose expuesto con una mayor probabilidad a situaciones de desequilibrio desfavorables respecto de sus derechos y obligaciones frente a los del prestador del servicio”. Con esta derogación, serán las jurisdicciones las que deberán asumir la responsabilidad de regular y negociar el límite de estos aumentos de manera descentralizada, algo que podría resultar más dificultoso sin la existencia de algún tipo de lineamiento o acuerdo nacional.
Pero es importante centrar la atención en algo más. La información que circula actualmente en los grandes medios de comunicación revela que, en realidad, el objetivo principal de las cámaras empresariales es avanzar hacia la derogación del Decreto Nº 2417/1993, que determina que, antes del 31 de octubre de cada año, las instituciones privadas deben brindar a las familias la información correspondiente a los valores del siguiente ciclo lectivo. Entre otras cosas, esta normativa establece que cualquier modificación en el valor de los aranceles debe estar autorizada por la autoridad jurisdiccional correspondiente. Además, los aumentos se encuentran vinculados a los costos derivados de las negociaciones salariales de los/as docentes y se impide que, a través de las cuotas, las escuelas trasladen a las familias otros gastos, como por ejemplo los alquileres. A su vez, el decreto establece que las instituciones deben alcanzar un acuerdo con los responsables de los/as alumnos/as respecto al arancel establecido. Esto no sólo permite a las familias contar con información relevante para la organización de la economía del hogar, sino que garantiza su derecho a participar en las decisiones de los establecimientos. Sin ir más lejos, el fin del último ciclo lectivo estuvo atravesado por un conflicto entre instituciones y familias que se organizaron para rechazar e impedir un aumento desmedido de los valores anuales. En este sentido, la derogación de este decreto dejaría a las familias en un estado de desinformación y vulnerabilidad frente a futuros incrementos.
Un detalle a resaltar es que estas dos normativas fueron sancionadas en la década del ‘90, momento caracterizado por las políticas de descentralización del sistema educativo. ¿Pueden observarse en ellas ciertos restos de lo que en su momento fue la gestión nacional directa? Al igual que la Ley Federal de Educación, el Decreto Nº 2417 es de 1993 confiere el control sobre los establecimientos de gestión privada al entonces Ministerio de Cultura y Educación a través de la intervención del organismo jurisdiccional correspondiente y de la entonces Secretaría de Comercio e Inversiones. Por su parte, la Resolución Nº 678 es del año 1999 y, a través de la responsabilidad que le otorga a la entonces Dirección Nacional de Comercio Interior, reafirmaba el rol regulador del Estado Nacional sobre aspectos vinculados al arancelamiento de las instituciones educativas. Analizadas en su contexto, estas normativas expresan en cierta medida la tensión existente entre la regulación nacional y la regulación provincial.
A su vez, es importante destacar que, actualmente, la Dirección Nacional de Educación Pública de Gestión Privada funciona en el marco de la Secretaría General del Consejo Federal de Educación, mediante la cual se implementa la organización de mecanismos de articulación federal para la educación de gestión privada. En este sentido, se observa que, tanto en los momentos de descentralización como hasta el día de hoy, el Estado nacional continuó, en mayor o menor medida, interviniendo sobre la regulación de estos establecimientos. Tal como se mencionó anteriormente, la derogación de la Resolución Nº 678 desarticula este control y lo deja únicamente en manos de los gobiernos jurisdiccionales. En consecuencia, la educación privada pierde una suerte de “reaseguro normativo” que pone límites a los aumentos.
Por último, no queda claro de qué manera pasarían a regularse estos aspectos en caso de concretarse un avance hacia la derogación del Decreto Nº 2417, que garantiza la participación de las familias y de las autoridades jurisdiccionales. Una situación de libre albedrío para los empresarios dejaría a las familias en un estado de profunda indefensión.
¿Y a mí qué me importa?
Las discusiones en torno al financiamiento y funcionamiento de las escuelas de gestión privada son corrientes en el ámbito educativo, por lo que es importante prestar atención a algunas de las cuestiones que establece nuestra Ley de Educación Nacional. Por un lado, que la educación es un bien público y un derecho personal y social que debe ser garantizado por el Estado; por el otro, que las autoridades gubernamentales deben autorizar y supervisar el funcionamiento de las instituciones educativas de gestión privada.
No es el objetivo de esta publicación abordar las contradicciones que pueden tenerse respecto a la existencia de las escuelas privadas. Lo cierto es que, en datos, estos establecimientos constituyen actualmente el 20% del total de instituciones educativas de nuestro país y en ellas se forman más de 3 millones de estudiantes. A su vez, la mayor parte de estos establecimientos recibe un subsidio, por lo que, en este caso, estamos hablando de un mercado que se encuentra estrechamente relacionado con el Estado, lo que conlleva a la obligación de cumplir con determinadas responsabilidades. Nos guste o no, por decisión política o por posibilidad de acción, nuestros gobiernos no han dejado de subsidiar a la educación privada para apostar a la extensión del sistema estatal y esa es otra discusión. Actualmente el Estado financia estos establecimientos porque, en parte, los necesita. Las instituciones, a su vez, deben garantizar nada menos que el derecho a la educación, por lo que también están reguladas por las normativas vigentes. En este sentido, tal como establece la Ley de Educación Nacional, deben cumplir con los lineamientos de la política educativa nacional y jurisdiccional, ofrecer servicios educativos que respondan a necesidades de la comunidad y brindar toda la información necesaria para la supervisión pedagógica y el control contable y laboral por parte del Estado.
Actualmente una buena parte de la sociedad percibe que la educación privada garantiza una mejor calidad educativa. Esto no está exclusivamente relacionado con el desempeño en la escuela estatal sino con ese doble financiamiento, que brinda la posibilidad de ofrecer otros recursos y garantizar una mayor oferta de actividades. A su vez, también cabe reconocer que muchas veces se asume a la escuela privada como un mundo homogéneo al que sólo acceden unos pocos y pudientes sectores privilegiados. Sin embargo, en la actualidad, este circuito es bastante heterogéneo y hay muchas familias dispuestas a sacrificar la mayor parte de sus ingresos para acceder. No tienen auto, alquilan y no vacacionan en el exterior, pero pagan la escuela. Las razones son muchas pero ese tampoco es el objetivo de esta publicación.
¿Entonces? Frente a la posibilidad de concretarse un avance hacia una completa desregulación del aumento en el valor de las cuotas, resulta necesario abordar y reflexionar sobre cuáles podrían ser los efectos.
En principio, en un contexto de ajuste como el que estamos viviendo, muchas de las familias que concurren hoy a la escuela privada ya no podrán pagarla. Spoiler alert: esto también afecta al sistema estatal. ¿Por qué? Porque actualmente nuestro sistema no está preparado para una migración tan significativa.
Resulta lógico pensar que la intención de las escuelas privadas es seguir funcionando, por lo que los aumentos deberían ajustarse a la posibilidad de seguir manteniendo su matrícula. Sin embargo, lo que puede producirse es una especie de “efecto escalera”. ¿Qué sería esto? Quienes tengan la posibilidad de seguir pagando cualquier valor establecido lo seguirán haciendo, lo que servirá también como modo de afirmación del status social, algo que ya sucede y que podría profundizarse. Otros irán eligiendo instituciones más accesibles y, aquellos que actualmente ya realizan todos los sacrificios posibles, deberán migrar a una escuela pública que, en muchos casos, ya se encuentra desfinanciada y que tiene recursos limitados. A su vez, es importante recordar que el Gobierno Nacional definió la suspensión de toda obra pública y un recorte a las transferencias provinciales, por lo que, sin construcción de escuelas, representaría un problema de vacantes en el sistema público o directamente se traduciría en el incremento de alumnos/as en aulas que ya están superpobladas. ¿Otro spoiler? Esto afecta notablemente a las condiciones en las que se desarrollan los procesos de enseñanza y de aprendizaje, comprometiendo aún más la calidad educativa y ampliando las brechas sociales. Además, profundiza los problemas vinculados a las condiciones laborales en un contexto en el que ya comienza a materializarse los problemas vinculados a la falta de docentes.
Por otro lado, ante la posible pérdida de matrícula y considerando la crisis económica actual, las escuelas privadas podrían definir un ajuste en sus propios servicios con el objetivo de mantener un mayor margen de ganancias. En este sentido, el cierre de cursos o incluso de escuelas que puedan llegar a tener que cerrar por no poder acomodarse al nuevo esquema de competencia, significaría la pérdida de cientos de puestos de trabajo.
Por último, es importante prestar atención a los discursos que actualmente circulan en torno a los mecanismos de evaluación y acreditación del sistema educativo, en los que se retoman viejas propuestas vinculadas al establecimiento de incentivos económicos en función del desempeño escolar, principalmente asociado a los resultados obtenidos en los operativos de evaluación estandarizada. De continuar por ese camino, las escuelas privadas podrían utilizar el valor de la cuota como una herramienta de selección de matrícula; favoreciendo a aquellos sectores que, ante la posibilidad de acceder a mayores recursos económicos, sociales y culturales, pueden alcanzar un mejor desempeño en su trayectoria escolar. Una vez más, esto profundiza las brechas sociales.
En los últimos días, la noticia de la posible desregulación del valor de la educación de gestión privada generó algunas chicanas en redes sociales, motivada quizá por algún tipo de revanchismo de quienes tienen el “te lo dije” fácil. Sin embargo, es fundamental que comprendamos que en el ajuste y en el corrimiento del Estado de su rol regulador, tanto en educación como en cualquier sector privado que tenga la responsabilidad de garantizar derechos y necesidades básicas, no hay nada para celebrar.
Publicada el 3 de febrero de 2024